La representación más emblemática del
santo Patrono de España es su aparición en una batalla contra los musulmanes:
en esta, aparece blandiendo su espada, cabalgando en un caballo blanco y
arremetiendo contra el ejército moro que, en ese entonces, había ya invadido España[1]. La
imagen no es, en absoluto, incompatible con la fe católica, ya que la defensa
contra el agresor injusto forma parte de la “doctrina de la guerra justa”,
explicitada en el catecismo y en el magisterio de la Iglesia católica[2]. La doctrina de la guerra justa es lo que
justifica la existencia de los ejércitos nacionales, pues si no existieran, las
naciones quedarían expuestas a la agresión de sus enemigos, quienes, ante la
indefensión, no durarían en invadir su territorio y aniquilar y esclavizar a la
población. En nuestros días podemos comprobar, con estupor, que tanto España,
como el resto de los países hispanoamericanos, se encuentran en una situación de peligro tanto o más grave que en los
tiempos en que apareció el apóstol
Santiago, porque hoy el peligro consiste, más que la invasión de un ejército enemigo -que al fin de cuentas está formado
solo por hombres-, en la aparición de un
enemigo mucho más sutil y difícil de combatir, y es la apostasía del Nuevo Pueblo
Elegido, el cristiano bautizado en la Iglesia
católica, que apenas recibe los sacramentos como el bautismo, la sagrada comunión y la confirmación, abandona
la Iglesia para aparecer recién cuando
está por casarse, o directamente, no
aparece más. A esto se le suma la aparición de una secta de alcance mundial y
es la Nueva Era o Conspiración de Acuario, cuyo objetivo explícito es la
consagración luciferina planetaria, es decir, la entrega de toda la humanidad
al Príncipe de las tinieblas. Esta es la razón por la cual, en nuestros días, el
peligro es mayor que en tiempos del Apóstol Santiago, porque están en peligro, más
que la integridad territorial de una nación, la salvación eterna de millones de
almas. Entonces, al igual que en los
tiempos de la invasión musulmana a
España, en los que la aparición del
santo apóstol llenó de fuerza
sobrenatural a los patriotas españoles –que pudieron así
derrotar a los invasores-, también
hoy necesitamos de la misma fortaleza celestial, para defender, conservar y
acrecentar nuestra santa fe católica. Conscientes de encontrarnos en medio del
campo de batalla espiritual y de que “nuestra lucha no es contra personas
humanas, sino contra los ángeles caídos, los espíritus malos de los aires”
(cfr. Ef 6, 12), nosotros, junto con
los patriotas españoles que combatieron a los musulmanes invasores, clamamos a
Santiago Apóstol por su auxilio y decimos, empuñando en una mano la Santa Cruz
de Jesús y en la otra el Santo Rosario: “¡Santiago y cierra, España!”[3].
[1] La historia de la
aparición es la siguiente: “Cuenta la tradición, que el rey Ramiro I de
Asturias se niega a conceder el «Tributo de las Cien Doncellas» a Abderramán
III, denunciando así el tratado que le obligaba al impuesto, lo que le abocaba
al recomienzo de las hostilidades contra los moros. Reunidas las tropas salen
derrotados de Albelda (Logroño) y todo lo más que consigue el diezmado ejército
es esconderse en Clavijo. Apesadumbrado el rey se le aparece el Apóstol
Santiago en sueños, prometiéndole que estaría en el campo de batalla, espada en
ristre, con túnica, estandarte y caballo blancos. El día siguiente, 23 de mayo
de 844, al grito de “¡Dios ayuda a Santiago!”, tal como había contado el rey,
apareció el apóstol. La escabechina de moros es considerable. Santiago se
convierte en Santiago Matamoros y da comienzo el «voto de Santiago», por el que
convertía en el santo patrón de España y germen del Camino peregrino de
Compostela”; cfr. Juan Romero, La aparición del Apóstol Santiago, http://infocatolica.com/blog/delapsis.php/1105230650-la-aparicion-del-apostol-sant
[2] 1) Cfr. P.
Jorge Loring, http://es.catholic.net/op/articulos/10054/matar-en-defensa-propia-y-guerra-justa.html;
“Matar en defensa propia y guerra justa. Al prójimo se le puede matar en tres
casos: en la guerra justa, en defensa propia y en la justa aplicación de la
pena de muerte. El mandato divino "No matarás" significa que nadie
puede matar sin motivo y sin razón. Pero hay circunstancias en las que hay una
justificación. Al prójimo se le puede matar en tres casos: en la guerra justa,
en defensa propia y en la justa aplicación de la pena de muerte. 1) En la guerra justa. La guerra no puede
ser nunca un medio normal para la solución de conflictos. "Todo ciudadano
y todo; gobernante están obligados a empeñarse en evitar las guerras"26. Según
los moralistas, para que la guerra sea justa se deben cumplir varias condiciones:
a) Imposibilidad de solución pacífica. b) Causa justa, como sería legítima
defensa, mientras no haya una autoridad supranacional competente y eficaz. c)
Que la decisión sea tomada por la autoridad legítima a quien corresponde velar
por el bien común de la nación. d) Intención recta buscando la justicia y no la
venganza. e) Que sean superiores los bienes que se van a conseguir a los males
que se pueden producir27. "La apreciación de estas condiciones de
legitimidad moral pertenece al juicio prudente de quienes están al cargo del
bien común"28. "Los poderes públicos tienen, en este caso, el derecho
y el deber de imponer a los ciudadanos las obligaciones necesarias para la
defensa nacional"29 , "pero atenderán equitativamente el caso de
quienes, por motivos de conciencia, rehúsan el empleo de las armas; éstos
siguen obligados a servir de otra forma a la comunidad humana"30. "Una
cosa es utilizar la fuerza militar para defenderse con justicia, y otra muy
distinta querer someter a otras naciones"31. Buscar la guerra es absurdo.
Pero rehuirla por principio puede ser cobardía ante la injusticia. El creyente
obra con rectitud mientras luche por implantar la justicia en el mundo. La paz
es el ideal del hombre: pero esta paz debe ser obra de la justicia. Un pacifismo
conformista con la injusticia no es cristiano. El buen cristiano no puede
desinteresarse del bien común de la sociedad. El peligro de una tercera guerra
mundial que podría destruir la humanidad por el armamento de que hoy dispone el
hombre, hace deseable un desarme internacional. Pero para que esto sea eficaz
tiene que ser de ambos bloques, y con posibilidades de mutua vigilancia. Aunque
la guerra sea justa, "no todo es lícito entre los contendientes"32.
Debe respetarse la ley moral y el derecho de gentes. "Las acciones
deliberadamente contrarias al derecho de gentes son crímenes"33. "Existe
la obligación moral de desobedecer aquellas decisiones que ordenan
genocidios"34. 2) En defensa propia35
se puede matar cuando alguien quiere matarnos injustamente, o hacernos un daño
muy grave en nuestros bienes, equivalente a la vida; si no hay otro modo eficaz
de defenderse. No es necesario esperar a que él nos ataque. Basta que nos
conste que él tiene un propósito decidido de matarnos, y sólo está esperando el
momento oportuno para hacerlo; y no hay otro modo de salvar la vida que
adelantarse y atacar primero36. Esto en el terreno moral, independientemente de
la ley civil. Lo que se permite en defensa propia se autoriza igualmente en pro
del prójimo injustamente atacado. La caridad fraterna puede obligar a esto,
pero no a exponer la propia vida, a no ser que se trate de parientes cercanos o
esté uno obligado por contrato (guardias, policías)37. «Éstas son las
condiciones para que pueda hablarse de legítima defensa: - Debe tratarse de un
mal muy grave, cual es, por ejemplo, el peligro de la propia vida, la
mutilación o heridas graves, la violación sexual, el riesgo de la libertad
personal, la pérdida de bienes de fortuna desmedidos, etc. - Que sea un caso de
verdadera agresión física. - Que se trate de un daño injusto. Por ejemplo no
sería lícito defenderse de un policía, hasta producirle la muerte, pues el
agente, normalmente, actúa en cumplimiento de su deber. - Para defenderse no
hace falta que el agresor lo haga de modo voluntario y consciente. Por eso es
lícito contra un borracho o un loco. - Que no haya otro modo eficaz de
defenderse38. 3) La Autoridad Pública puede imponer la pena de muerte al
criminal para defender a los demás. Dice la Biblia: «Aquel que derrame sangre
de hombre, debe morir»39. «El que mata a otro voluntariamente sea castigado con
la muerte»40. «Es de notar que el verbo del original hebreo es “rasach” , que
significa la muerte del inocente. Por eso habría que traducirlo: “No causarás
la muerte de un hombre inocente”. »Para otra clase de muertes la Biblia emplea
los términos “harag” y “hemit”41. Salvador de Madariaga, conocido intelectual
que murió a los 92 años en Lugano, Suiza, escritor internacional y ministro de
la República en 1934, dice: «La pena de muerte no será necesaria el día que la
supriman primero los asesinos»42. Lo mismo que es lícito matar a un injusto
agresor en defensa propia47, la Autoridad puede aplicar la pena de muerte para
defender la vida de los inocentes. Se supone, naturalmente, una culpabilidad
claramente demostrada46. «La Autoridad tiene el deber de defender la vida de
los ciudadanos inocentes»
«Los que tienen
autoridad legítima, tienen también el derecho de usar las armas para rechazar a
los agresores de la sociedad civil confiada a su responsabilidad»48.
Nuevo Catecismo de la
Iglesia Católica nº 2308
ANTONIO ROYO MARÍN,
O.P.: Teología Moral para seglares,1º,2ª,III, nº870-873.Ed.BAC.Madrid regresar
Nuevo Catecismo de la
Iglesia Católica, nº 2309 regresar
Nuevo Catecismo de la
Iglesia Católica, nº 2310 regresar
Nuevo Código de
Derecho Canónico, nº 2311 regresar
Concilio Vaticano II: Gaudium
et Spes: Constitución sobre la Iglesia en el mundo actual, nº 79 regresar
Nuevo Catecismo de la
Iglesia Católica, nº 2312
regresar
Nuevo Catecismo de la
Iglesia Católica, nº 2328 regresar
Nuevo Catecismo de la
Iglesia Católica, nº 2313 regresar
Nuevo Catecismo de la
Iglesia Católica, nº 2264
JULIÁN PEREDA, S.I.:
Revista ESTUDIOS DE DEUSTO, 30(IV-1967)9-34. Bilbao
B. HÄRING, C.SS.R.: La
ley de Cristo, 2º, 2ª, 2ª, IV, 3. Ed. Herder. Barcelona
AURELIO FERNÁNDEZ:
Compendio de Teología Moral, 2ª, XI, 1.4. Ed. Palabra. Madrid. 1995.
Génesis, 9:6
Éxodo, 21:12-14
AURELIO FERNÁNDEZ:
Compendio de Teología Moral, 2ª, XI, 1.2. Ed. Palabra. Madrid. 1995.
SALVADOR DE MADARIAGA:
Dios y los españoles, V. Ed. Planeta. Barcelona, 1975
Diario YA del
27-IX-79, pg. 4
Diario YA del
27-XII-86, pg. 19
Diario YA del
4-VIII-87, pg. 4
Nuevo Catecismo de la
Iglesia Católica nº 2267, Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica nº 2264
Nuevo Catecismo de la
Iglesia Católica nº 2265s.
[3] El significado de la
frase es el siguiente: “¡Santiago y cierra, España! es un lema perteneciente a
la tradición cultural española, inspirado en un grito de guerra pronunciado por
las tropas cristianas durante la Reconquista, en batallas como la de Navas de
Tolosa y las españolas del Imperio y de época moderna antes de cada carga en
ofensiva (…) El significado de la frase es, por una parte, invocar al apóstol Santiago,
patrón de España y también llamado Santiago Matamoros, y por otro, la orden
militar cierra, que en términos militares significa trabar combate, embestir o
acometer; “cerrar” la distancia entre uno y el enemigo. El vocativo España, al
final, hace referencia al destinatario de la frase: las tropas españolas. Cfr. https://es.wikipedia.org/wiki/%C2%A1Santiago_y_cierra,_Espa%C3%B1a!
No hay comentarios.:
Publicar un comentario